¿Aceptar una herencia a beneficio de inventario?

Todas las personas en algún momento de su vida tienen que lidiar con el fallecimiento de un ser querido, a la pena y el duelo se le suma la preocupación de saber cómo han de tramitar la herencia del causante. El temor generalizado a responder de las deudas del familiar fallecido en ocasiones hace plantearse que es más oportuno, la aceptación o la renuncia de la herencia.

¿Debo aceptar la herencia a beneficio de inventario?

La aceptación de herencia a beneficio de inventario es una opción con la que cuentan los herederos para aceptar sin quebrantar su patrimonio personal, lo que permite que las deudas y obligaciones, las cubra los bienes y derechos del causante. Una vez canceladas las deudas, el excedente será dispuesto por los herederos y en caso contrario, no existiendo sobrante, no habrá obligación de pagar a los acreedores.

Dicha figura jurídica se encuentra regulada en los artículos 1010 al 1034 ambos inclusive, de nuestro Código Civil, de los que se detrae que se trata de una modalidad de aceptación muy ventajosa para los herederos, que no quedan obligados a pagar la deudas y demás cargas de la herencia sino hasta donde alcancen los bienes de la misma. Además, los herederos conservan contra el caudal hereditario todos los derechos y acciones que tuvieran contra el difunto y no se confunden los bienes particulares con los de la herencia.

La formalización de dicha aceptación debe realizarse a través de Notario Público y no supondrá coste adicional a una tramitación sucesoria al uso, ya que los gastos generados por el inventario y la administración del caudal hereditario, serán abonados con los bienes de la propia herencia.

Cada uno de los herederos debe formalizar la declaración de aceptación de la herencia a beneficio de inventario para proteger su patrimonio particular. Si bien, dicha declaración sólo vincula a la persona que lo manifiesta y firma, por lo que los herederos que no se acogen al beneficio de inventario, responden de las deudas y obligaciones que componen la masa hereditaria.

Evidentemente, no existen dos herencias iguales, por lo que habría que valorar cada caso concreto y es posible que, ante el montante de deudas generadas por el fallecido, sea más aconsejable renunciar a ésta, si bien, no hay que precipitarse en la toma de decisiones.

En próximos artículos desgranaremos todos los pormenores de una sucesión: el testamento, la declaración de herederos, los impuestos, la renuncia, la aceptación de herencia y su adjudicación.

En cualquier caso, si necesitas asesoramiento o tienes alguna duda, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de info@zaqueo.com.

Rosalía Miragaya Barrientos

¿Calificación negativa del Registro de la Propiedad?

Cuando realizamos una operación o transacción, como una compraventa o un préstamo hipotecario ante notario, la ley nos exige que la presentemos en el Registro de la Propiedad para que el registrador revise la legalidad de la operación y también para darle publicidad y legalidad ante terceros, tanto para proteger al titular que compra un bien inmueble como también para protección de la entidad bancaria en el caso de un préstamo hipotecario o una ampliación de hipoteca, ya que al inscribirse una hipoteca en el registro le otorga rango, esto es, prioridad ante un embargo posterior que grave el bien hipotecado.

¿Cuál es la actividad del registrador?

Revisar que los documentos notariales se ajustan a la legalidad, no sólo en cuanto a la forma sino también del contenido del negocio que ha sido autorizado. Una vez realizado este control el registrador emitirá una calificación positiva, esto es, que se procede a la inscripción o una calificación negativa, que puede ser en dos sentidos: con defectos subsanables o insubsanables.

Como refleja el artículo 18 de la Ley Hipotecaria establece que «Los Registradores calificarán, bajo su responsabilidad, la legalidad de las formas extrínsecas de los documentos de toda clase, en cuya virtud se solicite la inscripción, así como la capacidad de los otorgantes y la validez de los actos dispositivos contenidos en las escrituras públicas por lo que resulte de ellas y de los asientos del Registro».

Nos ocuparemos de las calificaciones negativas subsanables. Lo primero que realiza el Registro de la Propiedad al calificar negativamente es notificar al notario autorizante y al presentante, y, en su caso, a la autoridad judicial o al funcionario que lo haya expedido, de conformidad con lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. Actualmente con el COVID, se ha multiplicado la notificación telemática a los interesados, lo que conlleva que el plazo para subsanar los defectos de la escrituras empieza a contar desde que se expide la calificación sin esperar a la conformidad de los interesados que han recibido la notificación, ya que al aceptar en el documento notarial el procedimiento telemático se da como notificado al enviarlo telemáticamente a los interesados.

Lo segundo que se debe revisar en las calificaciones negativas es que el registrador indique la prórroga del asiento por un plazo de 60 días a contar desde la última notificación, como hemos comentado la notificación puede ser telemática pero también a través del fax, esta última opción está en desuso actualmente, y más con el teletrabajo instaurado por la situación de la pandemia de hoy en día, también la comunicación al interesado de su derecho a recurrir la decisión del registrador.

La calificación negativa y la interposición del recurso conllevan la prórroga del plazo de vigencia del asiento de presentación y la prórroga de los efectos de cierre y prioridad registral, durante el cual se pueden subsanar los defectos. En caso de que no se pueda subsanar el defecto en los sesentas días, se renovará el asiento presentando de nuevo la escritura en el Registro de la Propiedad prorrogándose por el mismo plazo anterior. Por ejemplo en el caso de que no se haya llegado a inscribir una compraventa, la no subsanación impide la inscripción en el registro del comprador como titular del bien adquirido lo que impediría la venta del bien a un tercero.

DGRN, de 29 de noviembre de 2017 

La duración de la prórroga y el plazo para interponer el recurso gubernativo empezará a contar, en el caso de que se vuelva a presentar el título calificado durante la vigencia del asiento de presentación sin haber subsanado los defectos en los términos resultantes de la nota de calificación, desde la notificación de esta.

Si está vigente el asiento de presentación, el interesado o el Notario autorizante del título, y, en su caso, la autoridad judicial o el funcionario que lo hubiera expedido, podrán solicitar en el plazo de sesenta días, que se practique la anotación preventiva prevista en el art. 42.9 LH.

Ejemplo real de calificación negativa:

“Contra esta calificación cabe recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado en el plazo de un mes a contar desde la fecha de la notificación, sin perjuicio de cualquier otro con que se considere asistido, conforme a los artículos 324 y siguientes de la Ley Hipotecaria, e igualmente podrá solicitarse otra calificación con arreglo al cuadro de sustituciones legalmente aprobado en el plazo de 15 días en los términos que establece el artículo 19 bis de la misma Ley. Comunicada esta calificación al Notario y a los interesados, quedando PRORROGADO este asiento por el plazo de 60 días hábiles a partir de la notificación de conformidad con el artículo 323 de la Ley Hipotecaria”

Por último se debe realizar la subsanación del defecto, que puede ser por múltiples causas, por error material del notario por ejemplo, en tal caso desde la notaría se realizará una diligencia o escritura de subsanación que se presentará en el Registro con la escritura para que el registrador vuelva a revisar y proceder a la inscripción.

En próximos artículos seguiremos conociendo los diferentes tipos de defectos, como solucionarlos y como defenderte de una calificación negativa del registrador de la propiedad. En cualquier caso, si necesitas asesoramiento o tienes alguna duda, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de info@zaqueo.com.

María Iglesias

Jornadas Farmacia Activa

mcv_blancotexto_120Ayer tuve el placer de asistir a la octava edición de las Jornadas de Farmacia Activa, organizadas por STADA. Casi dos mil novecientos farmacéuticos repartidos en cuatro sedes en distintos puntos de España (Barcelona, Madrid, Sevilla y Valencia), conectados en directo en un evento sin precedentes en el que se incidió en la importancia de la comunicación, el marketing sensorial y la calidad del equipo profesional, junto con el desarrollo de una gestión de calidad para el desarrollo de la farmacia del futuro.

En palabras de Mar Fábregas, directora general de Laboratorios Stada, “la farmacia del futuro tendrá éxito si da respuesta a todos los problemas de salud. De ahí la importancia de crear un clima de confianza con los clientes y actuar en materia de prevención, situando al paciente en el centro de su labor”. Para poder afrontar nuevos retos, como la llegada de los biosimilares a nuestras farmacias y atender las necesidades de nuestros pacientes debemos contar con equipos humanos, formados y capacitados pero que tengan además una buena comunicación basada una relación de confianza y complicidad que será el vehículo que conduzca nuestro proyecto al éxito, como expuso Ferran Ramón-Cortés director del Instituto 5 Faros, que nos acompañó en Barcelona.

Por otra parte es fundamental que consigamos llegar al paciente para poder transmitirle información y presentarle nuestros servicios. No se trata de generar en el paciente un impulso de compra compulsiva, sino de llegar él a través de los sentidos, en este sentido Diana Gavilán, experta en marketing sensorial y profesora de la Universidad Complutense de Madrid, nos muestra la necesidad de crear ambientes agradables en los que los pacientes se sientan bien, incidiendo en la importancia de los colores, los olores, el tacto y el espacio; estos conceptos que ya han sido implantados en otras áreas de negocio están infravalorados en nuestro sector, quizá porque se perciban aún como prácticas aumentar ventas. Analizado desde un punto de vista meramente sanitario, es obvio que un ambiente acogedor facilitará el desarrollo de un servicio profesional de calidad.

Otro de los grandes olvidados de nuestro día a día es la Gestión, con mayúscula. Analizando con Carles Torrecilla, profesor de dirección de marketing de Esade, los datos obtenidos en encuestas previas en el sector sobre el modelo de gestión aplicados en las farmacias nos encontramos datos escalofriantes que revelan el desconocimiento de conceptos básicos como planes de gestión anuales, indicadores fiables, tickets medios, etc. que marquen la hoja de ruta de nuestros negocios, y es que además es muy bajo el nivel de importancia que en general se le da a este campo, gestionar no es hacer un pedido en función de las ventas del trimestre pasado ni hacer ofertas sin sentido de productos de baja rotación con la finalidad de eliminarlos de nuestros mal logrados stocks.

El farmacéutico del futuro está obligado a gestionar los recursos que tiene a su alcance, los programas informáticos que utilizamos a diario en nuestras farmacias son herramientas de gestión en la mayoría de los casos desaprovechadas que nos aportan infinidad de datos sobre la situación actual de nuestras farmacias: los productos que se demandan, los que tenemos, los que deberíamos tener, costes, rotaciones… pero son datos que no utilizamos. Por otra parte tenemos que aprender a “vender” nuestros servicios, mostrar lo que hacemos y ponerlo en valor.

Para terminar estas jornadas contamos con la presencia desde Sevilla de Josef Ajram que desde sus facetas de ironman y broker, nos ánima a perseguir el éxito y la excelencia en nuestro día siendo conscientes de que cometeremos errores, pero que de los errores se aprende; que la constancia y los pequeños logros son fundamentales para conseguir el objetivo global. Plantearse grandes objetivos a corto plazo es como mínimo desmotivador, hay que fijarse metas accesibles que nos sirvan como trampolín para la siguiente etapa hasta conseguir el objetivo final. Si tenemos voluntad y constancia podremos lograr lo que nos propongamos puesto que somos nosotros los que fijamos nuestros límites y a dónde queremos llegar.

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Concluyeron así unas interesantes jornadas en las que además contamos con la presencia de otros profesionales sanitarios, entre ellos Jaume Guillén (Farmacéutico Comunitario) con el que insistimos en la importancia de los probióticos y Francisco José Farfán Sedano (Farmacéutico Especialista en Farmacia Hospitalaria) que aportó su “píldora” sobre Biosimilares en Farmacia Comunitaria.

Esperando ya la novena edición.

Presupuestos. Una piedra más en la mochila de las startups.

Javier RepresasAsí de claro. Hace aproximadamente un año a nivel europeo, y apenas unos meses aquí en España, empezamos a ver cómo Hacienda perfilaba su impuesto a las tecnológicas, supuestamente para financiar las pensiones (Expansión, 23 de mayo). Un impuesto “español” “mucho” más avanzado que el europeo, que gravaría los servicios de intermediación, la publicidad y la venta de datos digitales de empresas extranjeras y españolas en España y que llegaría hasta un 5%. Porque nosotros somos así. Cristóbal Montoro, quería que el impuesto afectara a todas las empresas que ofrecieran este tipo de servicios en España, bajando el listón muy por debajo de lo que planteaba Bruselas. El ahora ex ministro de economía, Román Escolano, quería asimilarlo más al que tienen otros países, pero también sin esperar mucho a la resolución de los debates a nivel europeo o del ECOFIN sobre la idoneidad de esta “tasa Google”. Había prisa.

El “Impuesto sobre determinados Servicios Digitales” ya está aquí. Aparece en el acuerdo sobre presupuestos que el Gobierno de España hizo público la mañana del jueves 11, víspera de festivo, quizá por si teníamos intención de celebrarlo.

El mismo acuerdo que habla de mercado digitalizado en su capítulo primero, Pensiones, o de la Administración digital, cuando se refiere a tasas de reposición, sostiene que “Hay margen para elevar paulatinamente la recaudación tributaria actuando en distintos niveles: la lucha contra el fraude fiscal, la reducción de la diferencia entre tipos impositivos nominales y reales que se produce en la tributación de las grandes empresas y la incorporación al sistema impositivo de aquellos sectores económicos que se encuentran actualmente infra gravados o que directamente no tributan, como es el caso del sector financiero y la economía digital, respectivamente.”

El Gobierno entiende que el sector digital no tributa. Literalmente. Y con “el objetivo de que quienes dispongan de mayor riqueza contribuyan de forma equitativa en un modelo fiscal progresivo, donde cada uno aporte en función su capacidad y reciba en función de su necesidad” acuerda, entre otros, en el punto 14.3 el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.

Se crea un Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales con el fin de gravar aquellas operaciones de la Economía digital que actualmente no tributan, en línea con las recomendaciones de la Unión Europea. Únicamente tributarán las empresas con ingresos anuales totales mundiales de al menos 750 millones € y con ingresos en España superiores a los 3 millones €. El Impuesto gravará al tipo del 3% los servicios de publicidad en línea, servicios de intermediación en línea y la venta de datos generados a partir de información proporcionada por el usuario.

Efectivamente, se adecúa a lo que Bruselas planteaba en cuanto a umbrales de facturación, 750 millones a nivel global, 50 millones en la UE (que nosotros trasponemos con esos 3 millones de facturación en nuestro país). Y además se rebaja la tasa del 5% inicial al 3%.

Las compañías a las que se dirige la tasa, pertenecen a una conocida lista: Google, Facebook, Amazon, Apple, Uber, Airbnb. Francia lideraba el grupo con Alemania, Italia y España. Estas compañías tienen que pagar en los países donde prestan el servicio. Y a pesar de la supuesta dificultad para calcular esos volúmenes, los datos de servicios están fiscalizados ya por el IVA, con lo que podría ser relativamente fácil estimar cuánto venden en cada país. En España, es el modelo 349 en el que se recogen estos movimientos y operaciones intracomunitarias. Y digo intracomunitarias porque hablamos de filiales ubicadas dentro de la UE, desde donde prestan sus servicios sin estar sometidas a otras regulaciones de importación o aranceles.

El problema radica principalmente en que Irlanda, con el impuesto de sociedades más bajo de Europa, y secundada por otros países, se opone a esta medida de tributación por beneficios de estas compañías. Obviamente, aun siendo un tipo bajo, la localización de la mayoría de filiales de estos gigantes en su territorio, le aporta un enorme volumen de ingresos que detrae de otras economías, una suerte de dumping fiscal tolerado y admitido por el resto de países. Por otra parte EEUU, se opone igualmente. No olvidemos que la mayoría de estas compañías, son norteamericanas. Por algo será, también.

Así que en vez de intentar armonizar el Impuesto de Sociedades de los países europeos, propuesta del ex ministro Luis de Guindos, lo que hace la vieja Europa con sus políticas de regulación laxa y buen entendimiento entre países, es tirar por la calle del medio. Parche a la situación, intentar paliar en parte la evasión fiscal de algunos territorios (europeos) en beneficio de otros, y de cara a la galería inventarse una tasa.

El mes pasado, se cerró el trimestre fiscal. Como es preceptivo, en nuestra compañía también presentamos el modelo 349. En operaciones con este tipo de empresas hemos sido clientes y pagado por sus servicios a Google, Facebook, Linkedin, WordPress, Amazon y alguna más. ¿Podrían los legisladores europeos y el Gobierno de España explicar cuál es el mecanismo de control para que esa tasa del 3% por trabajar con nosotros no se repercuta en los servicios que abonaremos el próximo año?

Eso como clientes directos. Lo cierto es que se contarán por centenares de miles las empresas afectadas: agencias de comunicación, publicidad y diseño, empresas de la economía digital, desarrolladoras de apps, de proyectos ecommerce, consultoras e implementadoras de soluciones de transformación digital, de industria 4.0, de conectividad y servicios, startups de servicios digitales e igualmente todas aquellas relacionadas con las redes como agencias de viajes, organizadoras de eventos, agencias de servicios de recruitment y selección de personal y todas las que como ellas, facturan a sus clientes servicios en los que estas grandes compañías tecnológicas son proveedoras. Los anuncios de los productos que consumimos, tales como moda, alimentación, banca o automóvil, también utilizan estas plataformas. Si los proveedores ven incrementados sus costes un 3%, sus clientes, con toda probabilidad también. Y como consumidores finales, en la parte que nos toque.

¿Somos realmente conscientes del enorme retraso que en Europa y particularmente en España llevamos en el desarrollo de startups y tecnológicas de la economía digital. ¿Cuál es el margen que estima el Gobierno de España para nuestras empresas de la economía digital cuando dicen textualmente que no tributan? ¿Cuál es la mayor riqueza de la que disponen nuestras startups y tecnológicas? ¿Por qué ninguna de esas compañías es Europea? Ya no digo española. Si al menos esa recaudación tuviera por objeto el despegue del sector sobre el que recae.

Startups de tres, cuatro o diez emprendedores. Equipos de jóvenes luchando en condiciones precarias, sin infraestructuras ni apoyo suficiente, en un mundo tecnológicamente globalizado, estáis de enhorabuena. Después de sufrir tasas tan absurdas como la de los dispositivos de grabación (entre otras cosas para financiar a la SGAE), o nuestro particular sistema de cotización para autónomos, ahora de nuevo, hemos optado por la solución menos imaginativa. La menos complicada de llevar a cabo frente a los socios europeos y EEUU. La más efectista: una tasa a las grandes compañías presentadas como «evasoras de impuestos». Nada que decir a los países receptores de los mismos. Una tasa que es en resumen una carga más a un sector clave en el desarrollo socio económico futuro, la economía digital y en el que acumulamos ya un enorme retraso. Una piedra más en vuestras mochilas.

No tener formación financiera, es como no saber conducir.

Javier RepresasLamentablemente, la percepción no es esa. Si tiene carnet de conducir, podrá ir a cualquier sitio. Disponiendo de un vehículo, obviamente. Si no sabe conducir, encontrará alternativas para desplazarse. No es lo idóneo, pero no tendrá que lidiar con taxistas ni transportes que lo lleven donde usted no quiera ir, que le saqueen sus cuentas de ahorro, o que le pongan en situaciones tan graves como la pérdida de todo su patrimonio empezando por su vivienda.

La formación financiera se ha dejado de lado siempre. Al no formar parte de la enseñanza obligatoria, incluso para aquellos que hayan continuado sus estudios con una carrera universitaria, un máster o un doctorado en gran cantidad de disciplinas, pueden tener tantos conocimientos financieros como de lenguas muertas. Es más, incluso los que estudiaron ciencias puras, aprendieron en su día algo de latín.

Y no es que haya que saber latín para analizar la situación actual. Una gran parte de la población sobrevive sin recursos económicos suficientes. El complemento necesario es la financiación. Crédito hipotecario, vehículo financiado, tarjetas de crédito y cuando no se llega, préstamos personales. Estos últimos podemos clasificarlos entre la oferta normalizada que ofrece la banca y entidades financieras, que estamos viendo ya al 12, 13 o 14%, y los que, auténticos chiringuitos financieros, ponen a disposición de los excluidos del sistema, rozando o directamente saltándose la legislación vigente para que las tasas de interés equivalente anual (esto es, lo que usted pagará por que le presten el dinero, si todos los gastos asociados, incluidas comisiones y renovaciones entre otros, los ponemos en forma de tasa de interés anual) el conocido como TAE, pueda llegar a superar el 50%, y con ello los límites legales y morales definidos antaño como usura. Pero ojo, que el saldo en las tarjetas de crédito que dejamos en el escalón anterior, pueden estar costándole ya más de un 20%.

No tiene por qué ocurrirle. Si tiene un buen empleo y un salario razonable, podrá atender sobradamente los pagos de hipotecas y tarjetas de crédito. De ese cálculo se encargaban por usted en su oficina bancaria. De otra forma, no le prestarían el dinero. Teóricamente, porque lo que ocurrió es que millones de personas que antes podían pagar, después no pudieron. Entramparse en situaciones temporales, que acaban siendo permanentes, una avaricia corporativa desmedida y la falta de regulación y control en el sistema provocan el resto.

Tenga en cuenta ahora que además hay más de tres millones de autónomos, y muchos de ellos tienen los mismos conocimientos financieros que la media de la población. Si necesitan un vehículo o una máquina para trabajar, piden un préstamo. Leasing, renting, compra aplazada o financiada son términos difusos. El tema es poder pagar las cuotas y ponerse a trabajar. La legislación no ayuda, porque por definición, un trabajador autónomo no debiera poder arrastrar en su actividad profesional a la sociedad de gananciales. Sin embargo no se establece como requisito previo que los autónomos tengamos un régimen de separación de bienes, entre otras cosas, porque las entidades financieras, incluso en estos casos han venido obligando, perdón, pidiendo la firma voluntaria como avalista del cónyuge o pareja del agraviado. Igual ocurre en cantidad de micropymes, los temas financieros quedan en manos del gestor personal en el banco y la asesoría, que en la mayoría de los casos, es otro autónomo o micropyme que poco puede hacer más allá de contabilizarlo.

Con lo que cuesta ganar el dinero, sería terrible perderlo. La postura al respecto suele ser la más conservadora. Suprimir los riesgos de pérdida, porque con nuestra visión parcial y nuestros limitados conocimientos, el dinero es mucho más que un medio de pago, y no se puede perder. La mayoría de la población entiende que su dinero y sus ahorros representan el mismo concepto. Los más avezados, intuyeron que su ahorro podía estar también en forma de inmuebles. Burbuja inmobiliaria calentada por la banca, que no hace falta señalar como acabó. También por falta de supervisión y control. Pero no poner en riesgo el dinero (o los ahorros), poco tiene que ver con gestionarlo adecuadamente.

En estos años me he encontrado con ahorradores en formato “inmueble” que perdían dinero (o valor) sistemáticamente, empezando por tener los activos desocupados, pero teniendo la sensación de que en realidad estaban ganando mientras el resto perdía. Comprar por cien y vender por ciento cuarenta parece a priori un buen negocio. Imposible analizar en detalles con ellos que obtener una plusvalía bruta de cuarenta mil en cinco años, ya no era tan buen negocio una vez que la agencia pública detraía una cuarta parte, la administración municipal la suya y una vez incorporados los gastos de adquisición, tasación, registro, notario, agencia financiera, agente inmobiliario, y gastos propios del inmueble como mantenimiento, altas de servicios, otros impuestos municipales (IBI), comunidades (incluido impuesto de entrada de carruajes en su caso), etcétera, etcétera, apenas quedaba nada. Y no olviden la inflación; ni siquiera tomando como real el dato del IPC salen las cuentas. Sin embargo la sensación de cientos de miles de pequeños propietarios es la de estar haciendo un buen negocio y gestionando bien su patrimonio. Porque efectivamente, han sido cientos de miles, millones, los que han adquirido una segunda vivienda como refugio del ahorro. No puedo llamarlo inversión. Y lo cierto es que esta idea mantuvo durante casi una década al menos dos sectores: la banca y la construcción. De hecho, el primero de ellos continúa aún hoy obteniendo réditos de esa situación.

Alquilar una vivienda que en términos generales ofrece una rentabilidad media anual entre el 3% y el 4% no es una buena inversión. Ni siquiera es un buen negocio. Tiempo no contabilizado y gastos ocultos dedicados a mantener el inmueble y gestionar arrendamientos.

Obviamente un sentido de la propiedad tan arraigado y la falta de formación financuera contribuyeron a esta distorsión del mercado. Porque un inmueble es siempre de uno, y tener la propiedad, sentirse dueño, creer que se dispone de la capacidad de hacer lo que se quiera con él, pesa bastante más que todos los razonamientos sobre eficiencia y rentabilidad si no se contrastan con los criterios adecuados. Un inmueble se puede vender, incluso se puede dejar en herencia. Una posición en fondos o unas acciones también, pero para muchos no hay color.

Hace tiempo que llegué a la conclusión de que la capacidad de visualización de la inversión es un factor determinante. Un inmueble en el que uno pueda incluso meterse dentro, no necesita abstracción ninguna para visualizarlo. Está ahí. Es real. Tanto es así que las infografías suponen un paso enorme en la comercialización de activos inmobiliarios. La realidad virtual inmersiva resuelve todavía más el problema. Por su parte, los instrumentos financieros y los vehículos de inversión están lejos de esta idea. Para la mayoría, no se ven. Falta de formación que la legislación europea pretende paliar obligando a los asesores a formarse previamente a asesorar. A los mismos asesores que desde sus puestos en sus oficinas bancarias asesoran sobre los productos de la entidad a los clientes. Algo más de información debiera llegar al usuario ahorrador. Algo más de formación se hace necesaria.

¿Qué es una SICAv, una SOCIMI, una SII o como funciona la más simple de las sociedades patrimoniales? ¿Qué implica ser socio de una SL, de una SA o de una comunidad de bienes? ¿Y ser fondista? ¿Puedo tener mis ahorros en acciones? ¿Podría perderlo todo? ¿Y en fondos de inversión o planes de pensiones? Garantizados por supuesto, aunque no se sepa realmente qué implica eso. ¿Cómo tributan? ¿Cuál es su rentabilidad? ¿Qué significa liquidez? ¿Cómo hago líquido un inmueble? ¿Quedarme en renta fija es una opción? ¿Cuál es la velocidad de pérdida del poder adquisitivo? Mejor no hacer referencia ya a subordinadas, preferentes, clips, swaps y similares.

Es fácil entender por qué una compañía con un equipo profesional dedicado a mantener y poner en arrendamiento un parque de mil viviendas es más rentable que cientos de pequeños propietarios alquilando cada una de ellas por su cuenta. Incluso para el sistema público resulta más eficiente, transparente y rentable, de ahí que la legislación de todos los países esté orientada en la misma dirección, la profesionalización del sector.

Tenga en cuenta por ejemplo, que tan solo con que uno de cada diez de esos arrendadores que actúan de forma individual se equivoque con su inversión, el rendimiento global desaparece en comparación con una gestión profesional. No hay suficiente margen en un sector tan maduro. Y créame, son múltiples las posibilidades para equivocarse, empezando por el precio de adquisición, un mal momento, una mala adecuación, unos muebles o una decoración inadecuada, un precio de renta erróneo, tanto por alto como por bajo, una mala comercialización, períodos de inactividad o desocupación, mal mantenimiento, mala gestión tributaria con su correspondiente sanción, e incluso una mala salida o desinversión.

Su capacidad de ahorro, término que habrá oído en alguna oficina bancaria en más de una ocasión, no será determinante para su futuro si no está directamente ligada con una gestión eficiente de ese ahorro.

Quédese con una reflexión. Su salario, sus rendimientos del trabajo, normalmente se irán incrementando a lo largo de los años, por una mejor posición y experiencia pero básicamente para compensar el crecimiento del coste de la vida, con suerte unas décimas por encima del IPC. Si ha logrado ahorrar y mantiene en su banco una cantidad relevante por la que ya deba empezar a preocuparse, digamos cincuenta o cien mil euros entre cuentas corrientes o depósitos, y no quiere perder poder adquisitivo cada año, necesitará cada año hacer un esfuerzo mayor y una aportación mayor de su salario sólo para mantener el mismo poder adquisitivo que tiene hoy. Su incremento salarial, sea un 2% o un 3% en los mejores casos, no podrá compensar la caída de ese mismo 2% o 3% de sus ahorros. Si su dinero no es rentable, cada año perderá una cantidad mayor de la que consigue ganar con su esfuerzo. Y eso sin tener en cuenta todos los intereses que lastran nuestro resultado anual en diferentes formas, compras aplazadas, tarjetas, créditos, mientras luchamos por mantener los ahorros. Perdiendo poder adquisitivo, año tras año, hasta su jubilación.

Necesita poner en rentabilidad sus ahorros. Si no sabe cómo hacerlo, necesita formación financiera.